INTERMEDIACION FINANCIERA

Información general y precontractual

INTERBARNA CONSULTORIA FINANCIERA SL (en adelante HIPOTECALIA), a fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, de acuerdo con lo previsto en la LCCI 5/2019 de 15 de marzo reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, informa a sus clientes de sus normas de transparencia en relación con la contratación de nuestros servicios de intermediación financiera.

En virtud, de lo anterior HIPOTECALIA pone en conocimiento del CLIENTE la siguiente información:

1. La empresa

INTERBARNA CONSULTORIA FINANCIERA SL
B 66057902
Av. Cerdanyola 98 PL.4 Of 14 (08173) Sant Cugat del Valles Barcelona
Registro Mercantil de Barcelona, tomo 43.907, folio 20, S 8, H B 441516, I/A 1
Inscrito en el Registro Estatal de empresas con no 354 / 2012 de la sección segunda
info@hipotecalia.es
+34 93 10 03 499

Entidad aseguradora: Seguros de Catalana Occidente SA de Seguros y Reaseguros, Sociedad Unipersonal con número de póliza: 8-10.412.170-D

Actividad principal: Intermediación independiente en la concesión de préstamos y créditos, actuando como informador sin ofrecer servicios de asesoramiento financiero.

Empresa registrada con el no D373 en el registro de ICI del Banco de España La sociedad no actúa mediante franquicias.

2. Servicio de intermediación

HIPOTECALIA presta servicios de intermediación financiera sin exclusividad con ninguna entidad de crédito o financiadora, de tal forma que, previa solicitud del interesado, se estudiarán las necesidades concretas de financiación para acudir al mercado en búsqueda de una solución de financiación a través de personas físicas o jurídicas que concedan un préstamo/crédito.
NO OFRECE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO.

HIPOTECALIA en ningún caso financiará la operación que se pretenda suscribir, limitándose por ello a prestar servicios de intermediación.

HIPOTECALIA suministrará al CLIENTE toda la información acerca del contrato de financiación que se pretenda formalizar con la entidad financiadora, recabando toda la información que se estime conveniente para la consecución de la operación.

Sin perjuicio de lo anterior y por medio de comunicación fehaciente, EL CLIENTE tiene obligación de transmitir a HIPOTECALIA tanto las dudas que puedan aparecer en el transcurso de la operación de financiación como la voluntad de negociar individualmente cualquier estipulación.

3. Honorarios

Para el cálculo de los honorarios por el servicio de intermediación que ofrece HIPOTECALIA se tendrán en cuenta las limitaciones establecidas legalmente -Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Real Decreto 309/20019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera- y jurisprudencialmente -Sala 3a del TS (sentencias 1684/2022, de 19 de diciembre, rec. 7573/2021; 1749/2022 de 23 de diciembre de 2022, rec. 8404/2021 y 1751/2022, de 23 de diciembre, rec. 7583/2021-.

Todos los gastos y suplidos derivados del trámite de las operaciones se abonarán bajo presupuesto previamente aceptado y con independencia del resultado en la obtención de la financiación solicitada.

El importe facturado en concepto de prestación de servicios de intermediación está exento de IVA.

El pago de los honorarios de intermediación se hará mediante cheque bancario, transferencia o cualquier otro método de pago aceptado en Derecho, remitiéndose la correspondiente factura tras el cobro de los honorarios.

Asimismo, se informa que a criterios orientativos el CLIENTE dispone en la página web, apartado “Tarifas”, relación detallada de los posibles honorarios a cobrar por HIPOTECALIA.

En caso de que por parte del intermediario financiero se aconsejara la agrupación de préstamos o créditos en uno solo, se informará sobre la tasa anual equivalente y las características esenciales del préstamo o crédito propuesto y su comparación con los préstamos o créditos que se proponen agrupar. En la comparación se tendrá en cuenta, asimismo, todos los gastos y comisiones por el servicio de intermediación y todos los gastos y comisiones del contrato de préstamo o crédito propuesto.

4. Contrato de intermediación

Los clientes podrán desistir el contrato de intermediación formalizado con HIPOTECALIA en los CATORCE DÍAS NATURALES posteriores a la firma del mismo, sin necesidad de justificación y sin aplicar ninguna penalización, remitiendo a HIPOTECALIA el correspondiente requerimiento de autenticidad, dentro del plazo establecido, a través de nuestro e-mail info@hipotecalia.es o a nuestra dirección postal Av. Cerdanyola 98 PL.4 Of 14 (08173) Sant Cugat del Valles, Barcelona.

El contrato de intermediación se resolverá por incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones pactadas por las partes. Se exceptúa del caso anterior el no haber otorgado a HIPOTECALIA un plazo prudencial para el cumplimiento de su obligación principal.

EL CLIENTE puede solicitar que se le ponga de manifiesto el contrato de condiciones generales de la contratación de forma gratuita a través de cualquier medio admitido en Derecho.

EL CLIENTE tiene a disposición las hojas oficiales de queja, reclamación o denuncia del órgano competente de la Generalitat de Catalunya, debiendo de resolver la misma en el plazo máximo de 2 meses. Para ello, el solicitante de la financiación deberá identificarse mediante la consignación de sus datos personales, así como todo aquel que permita su identificación inequívoca, debiendo remitir mencionados documentos a través de nuestro e-mail info@hipotecalia.es o a nuestra dirección postal Av. Cerdanyola 98 PL.4 Of 14 (08173) Sant Cugat del Valles, Barcelona.

En caso de desestimación de la reclamación, EL CLIENTE podrá dirigirse al servicio de reclamaciones del Banco de España sito en calle Alcalá, 48, 28014, Madrid; 913386530; www.bde.es

El contrato de intermediación financiera a suscribir con HIPOTECALIA se formalizará en la lengua que los clientes elijan.
Toda la documentación contractual será entregada a EL CLIENTE en el idioma acordado en la propuesta de contratación para su total comprensión.

Además de lo anterior, EL CLIENTE tiene derecho a:

✔ Disponer de una copia del contrato realizado con el Intermediario financiero.

✔ Acceso a las hojas informativas de nuestras tarifas, a plena disposición de nuestros clientes.

✔ Obtener la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) siempre que contrate un crédito o préstamo hipotecario con
nosotros como intermediarios.

✔ Estar informados debidamente de las condiciones generales que se establezcan en la contratación.

✔ Estar debidamente informados de nuestras normas de transparencia estipuladas en este documento.

✔ Estar correctamente informados sobre si nosotros, como intermediarios, intervenimos en la operación con vinculación contractual que suponga afección con alguna entidad
de crédito.

✔ Deben recibir, previamente a la realización y formalización del contrato, nuestros
honorarios, tarifas, gastos y suplidos que puedan derivarse.

 

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